Volver al blog
Requisitos 29 de junio de 20268 min de lectura

Clasificación empresarial: cuándo la necesitas y cómo obtenerla

Última revisión: 5 de septiembre de 2026 ·

La clasificación es un sello oficial que acredita de antemano tu solvencia para un grupo de contratos. Te explicamos cuándo es obligatoria, cómo se estructura en grupos, subgrupos y categorías, y cómo se obtiene.

LI

Equipo LicitaIA

Expertos en contratación pública

Respuesta rápida

La clasificación empresarial (arts. 77-83 LCSP) es un sello oficial que acredita por adelantado tu solvencia para un grupo, subgrupo y categoría de contratos. Es obligatoria para obras de valor estimado ≥ 500.000 €; en servicios no se exige, pero si la tienes sustituye a la acreditación concreta de solvencia y te ahorra papeleo.

¿Qué es la clasificación empresarial?

La clasificación es un reconocimiento oficial, otorgado por la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado (o el órgano autonómico), que certifica de antemano que tu empresa reúne la solvencia necesaria para una determinada clase de contratos. Se regula en los artículos 77 a 83 de la LCSP y queda anotada en el ROLECE.

¿Cuándo es obligatoria la clasificación?

Tipo de contrato ¿Clasificación obligatoria? Base legal
Obras, valor estimado ≥ 500.000 €Síart. 77 LCSP
Obras < 500.000 €No (basta acreditar solvencia)art. 77 LCSP
Servicios y suministrosNo exigible (voluntaria; si la tienes, sustituye la solvencia)art. 77 LCSP

¿Tu clasificación está inscrita en el ROLECE? El certificado acredita clasificación y solvencia ante cualquier órgano: qué es, cómo obtenerlo y qué presentar mientras tanto.

Ver el certificado ROLECE

¿Cómo se estructura: grupo, subgrupo y categoría?

  • Grupo: la gran familia de actividad (p. ej. edificaciones, viales, instalaciones).
  • Subgrupo: la especialidad concreta dentro del grupo.
  • Categoría: el volumen económico de contrato que tu empresa puede asumir, en función de tu experiencia y medios.

El pliego (el PCAP) indica exactamente qué grupo, subgrupo y categoría se exigen.

Los grupos de clasificación

Los grupos de contratistas de obras (art. 25 del Reglamento General de la LCAP, RD 1098/2001) y los de servicios (art. 37, en la redacción del RD 773/2015) son estos; cada grupo se divide en subgrupos numerados:

Obras Servicios
A Movimiento de tierras y perforaciones · B Puentes, viaductos y grandes estructuras · C Edificaciones · D Ferrocarriles · E Hidráulicas · F Marítimas · G Viales y pistas · H Transportes de productos petrolíferos y gaseosos · I Instalaciones eléctricas · J Instalaciones mecánicas · K Especiales L Servicios administrativos · M Higiene, seguridad y afines · O Conservación y mantenimiento de bienes inmuebles · P Mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones · Q Servicios de mantenimiento y reparación de vehículos · R Servicios de transportes · T Servicios de contenido · U Servicios generales · V Servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones

Las categorías van de la 1 a la 6 según la anualidad media del contrato (en obras, hasta 150.000 € la categoría 1 y más de 5.000.000 € la 6). Un pliego que exige «Grupo C, Subgrupo 2, Categoría 3» solo lo cumple quien tenga ese grupo y subgrupo con categoría 3 o superior. En tu perfil de LicitaIA puedes guardar grupo, subgrupo y categoría para que la comprobación GO/NO-GO (plan Pro) los compare con lo que pide cada pliego.

¿Cómo se obtiene la clasificación?

  1. Reúne la documentación de experiencia (obras/servicios ejecutados) y de medios (personal, maquinaria, cuentas anuales).
  2. Presenta la solicitud ante la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado o el registro autonómico que corresponda.
  3. Tras la resolución, la clasificación se inscribe y queda consultable por los órganos de contratación.
  4. Conserva la clasificación: tiene vigencia indefinida mientras mantengas las condiciones, pero debes justificar periódicamente tu solvencia económica y técnica para no perderla (art. 82 LCSP).

¿Necesitas clasificación para esta licitación?

Sube el PCAP y obtén al momento el resumen, el objeto del contrato y los criterios de adjudicación con su ponderación. Regístrate gratis para desbloquear el resto del análisis: requisitos de solvencia, plazos clave, penalizaciones y cláusulas de riesgo. El veredicto GO/NO-GO completo está en el plan Pro.

Analizar un pliego gratis

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es obligatoria la clasificación empresarial?
Es obligatoria para contratar obras de valor estimado igual o superior a 500.000 € (art. 77 LCSP). Por debajo de ese importe, y en los contratos de servicios, no es exigible, aunque si la tienes sustituye a la acreditación concreta de solvencia.
¿Cómo se estructura la clasificación?
Por grupo (la actividad), subgrupo (la especialidad dentro del grupo) y categoría (el volumen económico que puedes asumir). El pliego indica qué grupo, subgrupo y categoría exige para ese contrato concreto.
¿Clasificación o acreditación de solvencia: qué uso?
Donde la clasificación es obligatoria (obras ≥ 500.000 €) debes tenerla. Donde es voluntaria, puedes elegir: presentar la clasificación —que ahorra papeleo en cada licitación— o acreditar la solvencia concreta que pida el pliego.

¿Tu clasificación está inscrita en el ROLECE?

El certificado acredita clasificación y solvencia ante cualquier órgano: qué es, cómo obtenerlo y qué presentar mientras tanto.

Ver el certificado ROLECE

Compartir este artículo

Analiza pliegos con IA

Sube tu pliego y obtén al momento el resumen, el objeto y los criterios de adjudicación, sin registro ni coste. Regístrate gratis para ver el resto de apartados.

Probar gratis

No te pierdas nada

Regístrate y recibe las últimas guías y novedades sobre licitaciones públicas.

Registrarse gratis